Las variables que pretenden llevar a cabo la idea del proyecto "fomentar el turismo local" pueden ser aplicadas a cualquier comuna poseedora de un casino. ¿Pero cómo sería la aplicación de estas variables? Estas deben ser aplicadas por órganos fiscales los cuales operan según una lógica estatal, (financiamiento, aprobación ... en fin, burocracia). Aplicación estatal debida al principio de Subsidiareidad.
Las tres variables que permiten fomentar el turismo local son: "heterogeneizar", "cambio en las redes" y "promoción"; la modificación territorial, económica y social que estas producirían están explicadas en la entrada Variables del 21 de junio (1). Como se aprecia en el modelo, estas variables producirían un cambio en el uso de suelo, modificaciones a las redes de acceso, produciéndose un aumento en el número de instalaciones turísticas y un aumento en los flujos de turismo, creándose una nueva zona funcional.
Todas estas variables van en favor del aprovechamiento económico del casino por parte de la comunidad local, por lo tanto, hace falta mayor integración entre la comunidad y el Estado, cosa que el fisco sepa que es necesario y no autoimponga condiciones, ya que esto llevó a instalar el Casino sin ningun usufructo para Mostazal en un primer lugar. Por consiguiente, hace falta mayor Integración entre la comunidad y el Estado. La institución u órgano mas acorde para lograr esta integración entre ambos actores es sin duda el Municipio.
La variable "conectividad" no está incluida en el modelo ya que hacer referencia a un caso particular del Casino de Monticello, que es la relocalización del peaje
En cuanto a la variable "Heterogeneización", el cambio de uso de suelo se logra a través de una autorización de subdivisión por parte de los Seremis de agricultura, de Vivienda y el Sag, luego de un certificado del SII con clasificación de suelos. Esta autorización consiste en un permiso sectorial (resolución exenta), que permite cambiar el uso de suelos agrícolas o rurales a otro rubro tales como habitacional o industrial. El efecto que puede tener este permiso es que permite aumentar el desarrollo de nuevas industrias o empresas, así como también la expansión urbana, pero a su vez restringe el uso agrícola de los terrenos, ya que muchos cambios de uso se realizan a terrenos con buena aptitud agrícola. (2)
(1) http://jaimelopezd.blogspot.com/2009/06/variables-corregidas.html
(2) Corresponde a la regulación: DFL N°458, de 1975, del MINVU, Ley General de Urbanismo y Construcciones. DS N°47, de 1992, del MINVU. Referencia Web: http://www.chileclic.gob.cl/1542/article-46882.html. Consultado el 3 de julio de 2009.
(2) Corresponde a la regulación: DFL N°458, de 1975, del MINVU, Ley General de Urbanismo y Construcciones. DS N°47, de 1992, del MINVU. Referencia Web: http://www.chileclic.gob.cl/1542/article-46882.html. Consultado el 3 de julio de 2009.
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